Se Aprueba Un Acuerdo (Se Crea El Poblado El Dorado)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Acuerdos Presidenciales - SE APRUEBA UN ACUERDO (SE CREA EL POBLADO EL DORADO) ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 15 de Noviembre de 1897 Publicado en La Gaceta No. 393 del 26 de Noviembre de 1897 El Presidente del Estado, acuerda: Aprobar el expedido por el Inspector General de la Costa Atlántica, que dice: Considerando: que por acuerdo de 20 de Mayo último se declaró cabecera del distrito de Pinzapolka la población de Wany; y que estando levantado el plano en que ésta debe erigirse, el cual está aprobado por esta Inspección, sólo resta establecer reglas para adjudicarse los lotes de terreno de edificación á favor de quien los solicite, acuerda: 1º.- Créase en Wany una población que se llamará, El Dorado. 2º.- Calificase de primera clase el terreno comprendido en las cuadras numeradas desde el 3 hasta el 12; y en segunda clase el designado en las cuadras número 1, 2, 13, hasta el 18. 3º.- El precio del terreno de primera clase será de treinta pesos por lote, de cincuenta pies de frente por noventa de fondo. Los lotes de segunda clase se adjudicarán gratis á la persona que desee obtener alguno, quien tendrá la obligación de edificar dentro de un año después de hecha la medida y amojonamiento del terreno siendo del solicitante todo gasto. 4º.- Si dentro del término señalado no se hubiere edificado, el concesionario perderá el derecho al terreno y podrá ser denunciado éste por quien no hubiere obtenido ningún lote. 5º.- La solicitud se hará en papel del sello 3º. ante el Gobernador de aquel distrito, quien instruirá una información de dos testigos idóneos que depondrán, si el peticionario es de buena conducta, con cuya prueba se le mandará dar certificación de lo diligenciado y la escritura de donación. 6º.- Ninguna persona podrá obtener más de un lote de terreno de los de segunda clase bajo cualquier medio ó forma, pena de nulidad, que será declarada gubernativamente; pues que la presente disposición es para favorecer directamente á los pobres. 7º.- Resérvase para edificar una iglesia católica los lotes números 3 y 4 de las cuadras número 5 y 6. 8º.- Comuníquese y elévese al Supremo Gobierno para su aprobación, si lo tiene á bien. Dado en Bluefields, á 15 de Noviembre de 1897- J. P. Reyes. S. Comuníquese: - Managua, 23 de Noviembre de 1897- Zelaya - El Ministro de Hacienda, encargado del Despacho de Fomento - López. -