Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Acuerdos Presidenciales
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SE APRUEBA LA
CONVENCIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE LAS OBRAS LITERARIAS Y
ARTÍSTICAS
Acuerdo Presidencial,
Aprobado el 20 de Junio de 1904
Publicado en La Gaceta No. 2258 del 26 de Junio de 1904.
El Presidente de la República
DECRETA:
Art.1º- Aprobar la Convención para la protección de las
obras literarias y artísticas, suscrita en Méjico el 27 de Enero de
1902, por los Delgados a la 2º Conferencia Internacional Americana,
y que firmó ad-referéndum, el Representante de Nicaragua.
Art.2º- Someter dicha Convención a la ratificación de la
Asamblea Nacional Legislativa, en sus próximas sesiones
ordinarias.
Comuníquese- Dado en el Palacio Nacional- Managua, 20 de Junio de
1904.- J.S. Zelaya- El Ministro de Relaciones Exteriores Adolfo
Altamirano.
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