Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Presidenciales
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RESELLO DE 150.000 ESTAMPILLAS
PARA TIMBRES TELEGRÁFICOS
ACUERDO No. 20, Aprobado el 24 de Septiembre de 1959
Publicado en La Gaceta No. 225 del 5 Octubre de 1959
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
En uso de sus facultades
CONSIDERANDO
Que la Dirección General de Ingresos se ha dirigido al Ministerio
de Hacienda en nota del 16 de los corrientes expresando que están
agotados los timbres telegráficos que se usan en la semana de
Comunicaciones, la que está próxima; y solicitando sean resellados
ciento cincuenta mil estampillas de correo de tres centavos con el
diseño de la caseta de la Panaire color azul marino, valorizándolos
a quince centavos, cada uno.
POR TANTO
ACUERDA
Ordénese el resello de ciento cincuenta mil estampillas de correo
de tres centavos (C$0.03) cada una con el diseño de la caseta de la
Panaire, valorizándolos a quince centavos cada uno (C$0.15) con la
siguiente leyenda: "Timbres Telegráficos - Semana de Comunicaciones
- Vale 15 Centavos", tal resello deberá hacerse en color rojo y
bajo la supervigilancia que la Ley establece.
Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, D. N., a los veinticuatro
días del mes de Septiembre de mil novecientos cincuenta y nueve. -
(f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la república. - (f)
GONZALO MENESES OCON, Ministro de Hacienda y Crédito
Público, por la Ley.
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