Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Acuerdos Presidenciales
-
REFORMASE EL REGLAMENTO DE
EXÁMENES DE LAS ESCUELAS PRIMARIAS
No. 90, Aprobado el 13 de Febrero de 1941
Publicado en La Gaceta No. 40 del 21 de Febrero de 1941
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Considerando:
Que se hace necesario reformar el Reglamento de Exámenes de las
Escuelas Primarias, dictado por acuerdo de 8 de Noviembre de 1940,
para dejar reconocido el nexo pedagógico establecido entre el
maestro y el alumno, y para no hacer diferencias en lo que a
pruebas de exámenes se refiere, entre las escuelas públicas y
privadas.
ACUERDA
Artículo 1.- El artículo 4º del Reglamento citado, se leerá
así: Las pruebas serán dirigidas, con arreglo al Programa Oficial
por el Profesor del grado del Establecimiento en que el examen se
verifica. Los otros Miembros del Tribunal podrán intervenir en la
designación de los temas que se propongan a los examinados; pero,
cuando se formularen preguntas orales, serán éstas hechas a los
alumnos por el Profesor titular del grado.
Artículo 2.- El artículo 8º del mismo Reglamento, se leerá
así: Asimismo, irán quedando exceptuadas de las pruebas que
menciona esta disposición, aquellas escuelas públicas o privadas
que, a través de los cursos escolares en desarrollo vayan
demostrando, a juicio del Ministerio de Instrucción Pública, previo
informe del Inspector departamental respectivo, la capacidad
pedagógica de su personal docente, y funcionen con entera sujeción
a las leyes y Reglamentos del Estado.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 13 de Febrero de
1941.- SOMOZA.- El Ministro de Instrucción Pública y
Educación Física, G. Ramírez Brown.
-