Reformase El Acuerdo Ejecutivo No. 230-A, Acuerdo De Construcción Del Estadio Nacional Y Nombramiento De La Junta Encargada De Vigilancia Y Fiscalización
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Infraestructura
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(REFORMASE EL ACUERDO EJECUTIVO
No. 230-A, ACUERDO DE CONSTRUCCIÓN DEL ESTADIO NACIONAL Y
NOMBRAMIENTO DE LA JUNTA ENCARGADA DE VIGILANCIA Y
FISCALIZACIÓN)
ACUERDO No. 82-A, Aprobado el 30 de Junio de 1942
Publicado en La Gaceta No. 144 del 08 de Julio de 1942
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
ACUERDA
Único: Refórmase el Acuerdo Ejecutivo dictado el 17 de Junio
de 1941 y publicado en La Gaceta No. 130 del mismo mes y año, en
el sentido de que, conforme el correspondiente Reglamento que se
emita, la ejecución, control y dirección de los trabajos de
construcción del Estado Nacional, estarán a cargo de la Junta
creada para ese fin; y que la supervigilancia y fiscalización de
tales trabajos las ejecutará el Ministerio de Fomento, el cual
podrá, cuando lo juzgare necesario, comunicar a la Junta sus
instrucciones tendientes al mejor resultado de la obra.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, D. N., 30 de Junio de
1942. A. SOMOZA. El Secretario de Estado en el despacho de
Fomento y Obras Públicas, Antonio Flores Vega.
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