Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Laboral y Seguridad Social
Rango: Acuerdos Presidenciales
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REFORMAR EL ARTÍCULO 1º DEL
ACUERDO DE 9 DE ENERO DE 1911
Aprobada el 26 de Febrero de 1913
Publicada en La Gaceta No. 66 del 24 de Marzo de 1913
El Presidente de la República,
Acuerda:
Reformar el artículo 1º del Acuerdo de 9 de enero de 1911, que
establece los honorarios de los Comisarios de Renta y Agentes
Fiscales sobre las ventas de especies fiscales de cualquier clase
inclusive las de correo y telégrafo, señalando desde la publicación
del presente en adelante, para los referidos funcionarios
solamente, el veinte por ciento de honorarios en efectivo sobre
dichas ventas; y dejando en vigor el diez por ciento en especies,
para los particulares y empleados de cualquier ramo, con tal que
sean directamente vendedores.
Comuníquese Managua 26 de Febrero de 1913-Adolfo Díaz-El Ministro
de Hacienda-Pedro Raf. Cuadra.
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