Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
-
(REFORMA DEL ART. 75 DEL
REGLAMENTO DEL PODER EJECUTIVO, SOBRE MINISTROS Y SUB-SECRETARIOS
DE ESTADO)
Aprobado el 12 de Mayo de 1937.
Publicado en La Gaceta No. 99 del 14 de Mayo de 1937.
En la ciudad de Managua, a las cuatro de la tarde del día doce de
mayo de mil novecientos treinta y siete. Reunidos en Casa
Presidencial, los infrascritos Secretarios de Estado, señores
General Gustavo Abaunza, Ministro de la Gobernación y Anexos, por
la ley; doctor Manuel Cordero Reyes, Ministro de Relaciones
Exteriores; don José Benito Ramírez, Ministro de Hacienda y Crédito
Público; Ingeniero don José Román González, Ministro de Fomento y
Obras Públicas; don Manuel Argüello Argüello, Ministro de
Agricultura y Trabajo, por la ley; doctor Modesto Armijo, Ministro
de Instrucción Pública y Educación Física; y Coronel J. Rigoberto
Reyes, Ministro de Guerra y Marina, por la ley, previa citación del
Excmo. Señor Presidente de la República, General Anastasio Somoza,
quien preside este Consejo, y con asistencia del señor Secretario
Privado de la Presidencia, doctor J. Jesús Sánchez R., con el
objeto de reformar el Reglamento del Poder Ejecutivo, en lo que se
refiere a las horas de trabajo para el cuenta el calor sofocante y
la frecuencia da las lluvias, en las tardes de la presente estación
y de que es necesario aprovechar las horas de la mañana para
resolver y expeditar los varios asuntos del servicio de las
Secretarias de Estado, poniéndolas acordes con las horas hábiles
señalada" por la Ley Orgánica de Tribunales.
ACUERDA:
1o.- Reformar el Arto. 75 del Reglamento del Poder
Ejecutivo, que se leerá así:
Arto. 75- Los Ministros y Sub-Secretarios de Estado, con excepción
de los de Relaciones Exteriores, por razón de los pasaportes a que
tienen éstos que atender, deben asistir a sus Despachos por el
tiempo que les exija el buen servicio. El Despacho permanecerá
abierto en los días hábiles de 7 am. a 1pm.
2o.- La presente reforma del Reglamento del Poder Ejecutivo
será publicará en La Gaceta y regirá desde el día 14 de Mayo del
corriente año.- ANASTASIO SOMOZA.- GUSTAVO ABAUNZA.- M. CORDERO
REYES.- J. B. RAMÍREZ.- MODESTO ARMIJO.- J. ROMÁN GONZÁLEZ.- M.
ARGÜENLLO A.- J. RIGOBERTO REYES.- J. J. SÁNCHEZ R.,
Srio.
-