Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Propiedad
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(REFORMA ARTO. 9 DEL ACUERDO
PRESIDENCIAL 95-2004)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 551-2006, Aprobado el 13 de
Diciembre del 2006
Publicado en La Gaceta No. 244 del 18 de Diciembre del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
ACUERDA
Arto. 1.- Se reforma el Artículo 9 del Acuerdo Presidencial
No. 95-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 52 del 15
de marzo del 2004, el que se leerá así:
Arto. 9.- El Programa contará con una unidad ejecutora a
cargo de un Secretario Ejecutivo que dependerá del Ministro de
Hacienda y Crédito Público, formarán parte de esta Unidad Ejecutora
las siguientes dependencias: Unidad Técnica, Unidad Financiera y
Unidad de Adquisiciones, las que tendrán las funciones designadas
en el Manual de Operaciones, el Manual Administrativo Financiero
del Programa de Ordenamiento de la Propiedad (PRODEP) y todas
aquellas delegadas por las leyes de la República de Nicaragua, en
lo aplicable.
Arto. 2.- Se deroga el Acuerdo Presidencial No. 275-2005,
publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 157 del 15 de agosto del
2005.
Arto. 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de
esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el día trece de
diciembre del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER,
Presidente de la República de Nicaragua.
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