Ratificar "tratado Constitutivo Del Centro Regulador De Medicamentos Del Albatcp Y Del Registro Gran Nacional De Los Medicamentos De Uso Humano Del Alba Tcp- Albamed)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - RATIFICAR "TRATADO CONSTITUTIVO DEL CENTRO REGULADOR DE MEDICAMENTOS DEL ALBATCP Y DEL REGISTRO GRAN NACIONAL DE LOS MEDICAMENTOS DE USO HUMANO DEL ALBA TCP- ALBAMED) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 43-2015, Aprobado el 25 de Febrero de 2015 Publicado en la Gaceta No. 47 del 10 de Marzo de 2015 El Presidente de la República de Nicaragua Comandante Daniel Ortega Saavedra En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1. Ratificar lo actuado por el compañero Valdrack L. Jaentschke, Viceministro de Relaciones Exteriores - Secretario de Cooperación Externa, quien en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el "Tratado Constitutivo del Centro Regulador de Medicamentos del ALBA-TCP y del Registro Grannacional de los Medicamentos de uso humano del ALBA - TCP (ALBAMED), firmado en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, a los treinta días del mes de julio del año dos mil trece. Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de la presente fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veinticinco de febrero del año dos mil quince. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -