Ratificar El “Acuerdo Complementario De Cooperación En Materia De Seguridad Ciudadana Entre El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Gobierno De La República Oriental Del Uruguay”
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(RATIFICAR EL ACUERDO
COMPLEMENTARIO DE COOPERACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA
ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY)
ACUERDO PRESIDENCIAL No 37-2015, Aprobada el 17 de Febrero
de 2015
Publicado en La Gaceta No. 41 del 2 de Marzo de 2015
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa
El Presidente de la República de
Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
ACUERDA
Artículo 1. Ratificar lo actuado por la compañera Lidia Sira
Medina, Directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de
gobernación, quien en nombre y representación del Gobierno de la
República de Nicaragua, suscribió el Acuerdo Complementario de
cooperación en materia de seguridad ciudadana entre el Gobierno de
la República de Nicaragua y el Gobierno de la República Oriental
del Uruguay, en la ciudad de Managua República de Nicaragua,
el veinte de noviembre del año dos mil catorce.
Artículo 2. El presente Acuerdo surte efectos a partir de su
publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de
Nicaragua, el día diecisiete de febrero del año dos mil quince.
Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de
Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para
Políticas Nacionales.
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