Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Acuerdos Presidenciales
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RADIOAFICIONADOS AUTORIZADOS
OPERAR RECÍPROCAMENTE EN NICARAGUA Y ESTADOS UNIDOS DE
NORTEAMÉRICA
ACUERDO No. 10, Aprobado el 20 de Septiembre de 1966
Publicado en La Gaceta No. 226 del 04 de Octubre de 1966
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Acuerda:
Primero: Aprobar el Convenio entre Nicaragua y los Estados
Unidos de América que concede autorización a Radio-Aficionados para
operar en el otro país sus estaciones de Radio, celebrado en esta
ciudad mediante un intercambio de notas entre el Ministerio de
Relaciones Exteriores y la Honorable Embajada de los Estados Unidos
de América con fecha 20 de Septiembre en curso.
Segundo: Publicar dicho Convenio en La Gaceta, Diario
Oficial.
Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, 20 de
Septiembre de mil novecientos sesenta y seis. LORENZO
GUERRERO. El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones
Exteriores por la Ley, Carlos Manuel Pérez Alonso.
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