Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Salud
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(PRORROGA AL ARTÍCULO 4 DE LA
LEY SOBRE PROTECCIÓN DE LA SALUD PÚBLICA)
No. 65, Aprobado el 05 de Abril de 1927
Publicado en La Gaceta No. 82 del 08 de Abril de 1927
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
ACUERDA
Artículo 1.- Prorrogar por dos años más el plazo fijado por
el artículo 4 de la ley sobre protección de salud pública, de 27 de
mayo de 1925, para que puedan ejercer el cargo de Director General
de Sanidad, sin necesidad del Diploma de Técnico en materia de
Higiene y Salubridad.
Artículo 2.- Este decreto empezará a regir desde su
publicación en La Gaceta.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, 5 de abril de 1927.
DÍAZ. El Ministro de Higiene, Ricardo López C.
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