Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa, Turismo
Rango: Acuerdos Presidenciales
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PRIVATIZACIÓN DEL COMPLEJO
TURÍSTICO MONTELIMAR
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 102-93, Aprobado el 05 de Mayo de
1993
Publicado en La Gaceta No. 86 del 10 de Mayo de 1993
PRIVATIZACIÓN DEL COMPLEJO TURÍSTICO MONTELIMAR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
l
Que el crecimiento de la industria turística y hotelera es de
importancia sensitiva dentro del programa de reactivación de la
economía nacional.
II
Que mediante la adecuada promoción y mercadeo turístico de nuestras
bellezas naturales el turismo constituirá factor generador de
divisas y empleos, con el consecuente beneficio para el país.
III
Que es necesario impulsar acciones que promuevan la inversión de
los recursos necesarios en el sector, que redunden en el desarrollo
del potencial turístico del país.
IV
Que entre estas acciones se encuentra la de privatizar el "Complejo
Turístico Montelimar" mediante su venta, arriendo u otra forma de
negociación con personas o entidades de trayectoria en la industria
turística a nivel internacional, sólidamente establecidas desde el
punto de vista financiero y con importantes relaciones con los
operadores de turismo de renombre internacional.
V
Que a esos efectos la Junta General de Corporaciones del Sector
Público (CORNAP) ha presentado a la consideración de la Presidencia
de la República la resolución CLXXII-7 del 18 de Febrero de
1993.
Por Tanto
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO:
El siguiente Acuerdo de:
PRIVATIZACIÓN DEL COMPLEJO TURÍSTICO MONTELIMAR
Artículo 1.- Apruébase la propuesta presentada a la
Presidencia de la República por la Junta General de Corporaciones
Nacionales del Sector Público (CORNAP), en relación a la
privatización de los bienes bajo control y administración del
Estado por medio de la Empresa Hoteles Internacionales, Sociedad
Anónima (HOTELINSA), que conforman el denominado "Complejo
Turístico Montelimar", en los términos de la resolución CLXXII-7
del 18 de Febrero de 1993.
Artículo 2.- Facúltase en consecuencia a la CORNAP a
proceder a la negociación y ejecución de la privatización del
"Complejo Turístico Montelimar, conforme la mencionada
propuesta y tomando en cuenta lo dispuesto en los siguientes
artículos.
Artículo 3.- La Junta General de CORNAP queda
autorizada a realizar la determinación de los bienes a privatizarse
y las negociaciones, designaciones, delegaciones y demás trámites
necesarios o conducentes para este efecto, incluyéndose entre los
mismos la desmembración de uno o varios lotes de terreno que fuesen
necesarios, de la propiedad matriz original perteneciente a Hoteles
Internacionales, S.A. (HOTELINSA) dentro de la cual se
encuentran tanto el área ya en operación del mencionado Complejo,
como el área por desarrollar.
Artículo 4.- Pero en caso fuese necesario autorízase desde
ahora al Procurador General de Justicia a comparecer ante Notario
Público en cualquier acto a que se refiere el presente Acuerdo
donde fuere necesario su intervención, a fin de firmar los
documentos en nombre del Estado para extender aval y garantía a
favor del comprador por la evicción y el saneamiento que ordena la
ley en los casos de compraventa.
Sirva la certificación del presente Acuerdo y de la toma de
posesión del señor Procurador como suficientes documentos
habilitantes para acreditar su representación y celebrar los actos
correspondientes.
Artículo 5.- El presente Acuerdo surte sus efectos desde
esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los cinco
días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y tres.-VIOLETA
BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA.
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