Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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PRIVATIZACIÓN DE ACCIONES EN
COMPAÑÍA HOTELERA DE NICARAGUA, S.A.
ACUERDO PRESIDENCIAL No.104-93, Aprobado el 05 Mayo de
1993
Publicado en La Gaceta No. 84 del 06 de Mayo de 1993
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que la reactivación y promoción de la industria turística y
hotelera tienen relevante importancia dentro del programa de
reactivación económica del país.
II
Que con una adecuada promoción y mercadeo turístico de nuestras
bellezas naturales en los mercados internacionales, el turismo se
convertirá en factor generador de divisas y de empleos con el
consecuente beneficio para el país.
III
Que es necesario impulsar acciones que promuevan la inversión de
los recursos necesarios en el sector, que redunden en el desarrollo
del potencial turístico nacional.
IV
Que entre estas medidas se encuentran la de privatizar las acciones
del Estado en la COMPAÑIA HOTELERA DE NICARAGUA, S.A. que
permanecen bajo su control y administración, mediante devolución en
su caso, o la venta, permuta u otra forma de negociación del
remanente de dichas acciones a personas o entidades con trayectoria
en la industria turística a nivel internacional, sólidamente
establecidas desde el punto de vista financiero y con importantes
relaciones con los operadores turísticos de renombre internacional,
tal como lo ha propuesto a la Presidencia de la República la Junta
General de Corporaciones del Sector Público (CORNAP) en su
resolución CLXXIX-1 del 18 de marzo de 1993.
Por Tanto:
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO:
Siguiente Acuerdo de:
PRIVATIZACIÓN DE ACCIONES EN COMPAÑIA HOTELERA DE NICARAGUA,
S.A.
Artículo 1.- Apruébase la propuesta presentada a la
Presidencia de la República por la Junta General de Corporaciones
Nacionales del Sector Público (CORNAP), en relación a la
privatización de las acciones de Compañía Hotelera de Nicaragua,
S.A., bajo control y administración del Estado, conforme resolución
CLXXIX-1 del 18 de marzo de 1993.
Artículo 2.- Facúltase en consecuencia a la CORNAP a
proceder a la negociación y ejecución de la privatización de la
participación estatal en Compañía Hotelera de Nicaragua, S.A., en
los términos contenidos en la mencionada propuesta y tomando en
cuenta lo dispuesto en los siguientes artículos.
Artículo 3.- La Junta General de CORNAP podrá
realizar la determinación de las acciones o paquetes de acciones a
privatizarse y las negociaciones, designaciones, delegaciones y
demás trámites necesarios y conducentes para este efecto, debiendo
en todo caso dicha Junta proceder conforme derecho.
Artículo 4.- Pero en caso fuese necesario autorízase desde
ahora al Procurador General de Justicia a comparecer ante Notario
Público en cualquier acto a que se refiere el presente Acuerdo
donde fuere necesario su intervención, a fin de firmar los
documentos en nombre del Estado para extender aval y garantía a
favor del comprador por la evicción y el saneamiento que ordene la
ley en los casos de compraventa.
Sirva la certificación del presente Acuerdo y de la toma de
posesión del señor Procurador como suficientes documentos
habilitantes para acreditar su representación y celebrar los actos
correspondientes.
Artículo 5.- El presente Acuerdo surte sus efectos desde
esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los cinco
días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y tres. VIOLETA
BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA.
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