Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Acuerdos Presidenciales
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PATRIMONIO CULTURAL
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 195-94, Aprobado el 30 de Agosto de
1994
Publicado en La Gaceta No. 176 del 22 de Septiembre de 1994
CONSIDERANDO
I
Que este año el Teatro Nacional Ruben Darío cumple veinticinco años
de haber sido fundado, y que durante ese período de tiempo se ha
podido apreciar su gran aporte en la promoción, desarrollo y
difusión de la cultura a nivel nacional.
II
Que por su importancia cultural y valoración técnica está
considerado como uno de los mejores teatros de Iberoamérica,
constituyendo así la mejor estructura cultural del país, lo que
justifica su reconocimiento y consagración como patrimonio
nacional.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
ACUERDA:
Artículo 1.- Que se declare al Teatro Nacional Rubén Darío
como Patrimonio Cultural Artístico de la Nación.
Artículo 2.- Instruir al Director del Instituto Nicaragüense
de Cultura para que por medio de la Dirección de Patrimonio
Cultural haga la Declaración Oficial de conformidad con la ley, y
para que realice la determinación de los bienes y obras de arte del
Teatro Nacional Rubén Darío.
Artículo 3.- El presente acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en La
Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los treinta
días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro.
VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA.
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