Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Presidenciales
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NUEVO RESELLO DE TIMBRES
FISCALES PARA SOBRE - TASA POSTAL
ACUERDO No. 44, Aprobado el 11 de Mayo de 1959
Publicado en La Gaceta no. 113 del 23 de Mayo de 1959
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que se ha agotado la existencia de sellos de Sobre Tasa Postal del
resello autorizado por Acuerdo No. 42 de fecha veintiuno del mes
recién pasado y aún falta un tiempo relativamente largo para
recibir los nuevos sellos que se han dado a imprimir en el
extranjero;
Que en tal virtud, y existiendo en el Almacén de Especies Fiscales
una cantidad grande de Timbres Fiscales Consulares, ahora en
desuso, es conveniente autorizar el empleo de los mismos para
llenar la necesidad de sellos de Sobre Tasa Postal, mediante el
resello apropiado a tal finalidad.
POR TANTO
ACUERDA
ÚNICO: - Se autoriza el resello de Cuatrocientos Mil
(400.000) Timbres Consulares de los de la denominación de C$ 0.50
de Córdobas de color azul que están en deshuso y que servirán para
empleados como sellos de Sobre Tasa Postal. C$ 0.05.
El resello se efectuará en los Talleres Nacionales bajo la
vigilancia de una Comisión integrada por delegados de las
Dependencias establecidas en la Ley de Especies Postales y
Filatélicas, empleándose tinta fija de color rojo.
El Jefe del Almacén de Especies Fiscales entregará a dicha Comisión
los Cuatrocientos Mil (400.000.) Timbres Consulares para la
realización del resello y una vez efectuado éste, recibirá la
especie en la cantidad que se le devuelva ya resellada, tomando
nota contable de esta operación.
Los Timbres deteriorados en el proceso de impresión serán
incinerados por la Comisión levantándose el Acta correspondiente de
conformidad con la Ley.
Comuníquese. - Casa Presidencial, Managua, D. N., a los once días
del mes de Mayo de mil novecientos cincuenta y nueve. - (f) LUIS
A. SOMOZA D., Presidente de la República. - (f) KARL J. C.
H. HUECK, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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