Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(NUEVA ESCALA DE CALIFICACIONES
PARA LOS EXÁMENES DE LOS ALUMNOS EN LOS CENTROS DE
ENSEÑANZA)
No. 1127, Aprobado el 13 de Noviembre de 1930
Publicado en La Gaceta No. 254 del 15 de Noviembre de 1930
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que conviene establecer una sola escala de calificaciones en todos
los centros de enseñanza del país, a fin de que se pueda apreciar
con facilidad el valor relativo de las notas que obtienen los
escolares, tanto mensuales como finales de promoción o aprobación
de grado o de asignaturas; y
Que es necesario determinar los casos en que los Directores de
Centros de Enseñanza pueden autorizar ejercicios sintéticos
extraordinarios de aprobación;
Por tanto, y de conformidad con el
Decreto Legislativo de 4 de abril del corriente año,
ACUERDA:
Primero: Mientras no se adopte una nueva norma para
determinar y dar a conocer el grado de preparación y eficiencia de
los educandos, regirá en todos los Colegios y Escuelas existentes
en el país la siguiente escala de clasificaciones:
a) Notas de Aprobación
10 Sobresaliente
9 Muy Bueno
8 Bueno
b) De Desaprobación
7 Deficiente
6 Malo
5 Muy Malo
Segundo: El alumno de secundaria que haya sido aplazado con
la nota 7 en los ejercicios sintéticos de dominio de una o dos
asignaturas, podrá ser admitido en mayo subsiguiente a ejercicio
extraordinarios, para lo cual dirigirá su solicitud al Director del
Establecimiento respectivo, acompañada de una constancia formal de
que ha sido bien entrenado en la materia o materias por el profesor
que lo preparó, quien ha de ser de competencia e integridad
recocidas.
Tercero: Si el alumno fuese aplazado en tres o más materias,
deberá repetir todas las asignaturas del año correspondiente.
El presente acuerdo anula toda otra disposición anterior que se
oponga a el y entrará en vigencia desde su publicación en La
Gaceta, Diario Oficial.
Comuníquese. Palacio del Ejecutivo. Managua, D. N., 13 de noviembre
de 1930. MONCADA. El Ministro de Instrucción Pública y
Educación Física, J. R. SEVILLA.
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