Nombramiento Del Comité Nacional De Emergencia

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - NOMBRAMIENTO DEL COMITÉ NACIONAL DE EMERGENCIA ACUERDO PRESIDENCIAL No.343-99, Aprobado el 28 de Septiembre de1999. Publicado en La Gaceta No.187 del 01 de Octubre de1999. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, ACUERDA Artículo.1.- Nombrar el Comité Nacional de Emergencia, el que estará integrado de la siguiente forma: 1.-El Presidente de la República, o su delegado, quien lo presidirá. 2.-El Ministro de Gobernación 3. El Ministro de Defensa 4. El Ministro de Transporte e Infraestructura 5. El Ministro de Salud 6. La Secretaría de Acción Social 7. El Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales, INETER 8. El Jefe del Ejército de Nicaragua 9. El Primer Comisionado de la Policía Nacional 10. El Delegado de la Curia Arzobispal 11. La Presidenta de la Cruz Roja Nicaragüense. 12. El Presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada, COSEP Artículo.2.- El Presidente de la República delega en este caso las acciones de coordinación del Comité Nacional de Emergencia en el Vicepresidente de la República, Ing. Enrique Bolaños Gayer. Artículo.3.- En ausencia del Vicepresidente. ejercerá de forma interina las funciones de coordinación del Comité el Ing. Arturo Harding, Lacayo, Secretario Ejecutivo de la Comisión Interministerial de Competitividad. Artículo.4.- El Comité Nacional de Emergencia funcionará en las oficinas de la Vicepresidencia dc la República. Artículo.5.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial. el veintiocho de Septiembre de mil novecientos noventa y nueve.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua. -