Nacionales De La República Federal De Alemana Podrán Ingresar A Nicaragua Sin Necesidad De Cumplir Con El Requisito De Visado

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Orden Interno Rango: Acuerdos Presidenciales - (NACIONALES DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANA PODRÁN INGRESAR A NICARAGUA SIN NECESIDAD DE CUMPLIR CON EL REQUISITO DE VISADO) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 240-99, Aprobado el 15 de Julio de 1999 Publicado en La Gaceta No. 144 del 29 de Julio de 1999 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que el mantenimiento y el fortalecimiento de las relaciones con la Comunidad Internacional demandan la ejecución de acciones que faciliten e incrementen el intercambio entre las naciones. II Que es necesario motivar la afluencia de turistas, facilitar la visita de inversionistas, así como el incremento de las relaciones culturales e intercambio de experiencias con el pueblo y Gobierno de la República Federal de Alemania. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1.- Los nacionales de la Republica Federal de Alemania, titulares de pasaportes válidos, podrán ingresar al territorio de la República de Nicaragua sin necesidad de cumplir con el requisito de visado. Artículo 2.- Para efectos del Artículo anterior, se entiende por pasaporte válido, aquellos, que al momento de la entrada del titular al territorio de la República de Nicaragua, tengan una vigencia de por lo menos seis (6) meses. Artículo 3.- Las personas comprendidas en el Artículo 2, podrán permanecer en territorio Nicaragüense, con pleno derecho a libre movilización hasta por un período de noventa días. Artículo 4.- El presente Acuerdo surte efecto a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el quince de Julio de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMAN LACAYO. Presidente de la República de Nicaragua. -