Modificar Convenio (Constitutivo Del Bid, Del Reglamento De La Asamblea De Gobernadores Y De Las Normas Generales Para La Admisión De Países Extrarregionales Como Miembros Del Banco)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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MODIFICAR CONVENIO
(CONSTITUTIVO DEL BID, DEL REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA DE
GOBERNADORES Y DE LAS NORMAS GENERALES PARA LA ADMISIÓN DE PAÍSES
EXTRARREGIONALES COMO MIEMBROS DEL BANCO)
ACUERDO PRESIDENCIAL No.
287-94, Aprobado el 19 de Diciembre de 1994
Publicado en La Gaceta No. 6 del 10 de Enero de 1995
El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de las
facultades que le confiere la Constitución Política,
ACUERDA:
Artículo 1.- Facultar al Ministro de Economía y Desarrollo,
en su calidad de Gobernador Titular por Nicaragua ante el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), a emitir el voto favorable de
Nicaragua a los proyectos de Resolución:
a) Modificar del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de
Desarrollo, del Reglamento de la Asamblea de Gobernadores y de las
Normas Generales para la admisión de países extrarregionales como
miembros del Banco.
b) Establecimiento de un Fondo de Cooperación Técnica.
Todo de conformidad con los términos y condiciones establecidos en
el documento AB-1704 Informe sobre el Octavo Aumento General de
los Recursos del Banco Interamericano de Desarrollo, aprobado por
la Asamblea de Gobernadores del BID el 12 de Agosto de 1994.
Artículo 2.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
diecinueve días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y
cuatro. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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