Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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MODIFICAR (ACUERDO PRESIDENCIAL
No. 133-94)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 173-94, Aprobado el 28 de Julio de
1994
Publicada en La Gaceta No. 148 del 09 de Agosto de 1994
El Presidente de la República de
Nicaragua, en uso de las facultades que le confiere la
Constitución Política,
ACUERDA:
Artículo 1.- Modificar el Arto. 1 del Acuerdo Presidencial
No. 133-94 del 3 de Junio de 1994, mediante el cual se designó al
Banco Central de Nicaragua (BCN) como Agente Financiero de la
República de Nicaragua, para suscribir y ejecutar con el Fondo de
Inversiones de Venezuela (FIV) un Contrato Modificatorio al
Préstamo No. C13-NI-06-255 por US $13,320,000.00, para financiar la
adquisición de bienes y servicios venezolanos requeridos en el
Proyecto Geotérmico El Hoyo Monte Galán. Esta nueva modificación
es en el sentido de que con los recursos del préstamo se podrá
financiar la adquisición de bienes y servicios venezolanos
necesarios para los Proyectos Geotérmicos El Hoyo Monte Galán y
Campo Geotérmico Momotombo.
Otras modificaciones relevantes aprobadas por el FIV se refiere al
plazo y al período de gracia de este préstamo que pasan de doce
(12) años con tres (3) de gracia, a diez (10) años con dos (2) de
gracia. El plazo de amortización y el período de gracia se
acortaron en vista de que el Contrato de Préstamo original fue
suscrito en el año 1992 pero su ejecución se iniciará a partir del
año 1994.
Artículo 2.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en
la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veintiocho días
del mes de Julio de mil novecientos noventa y cuatro. VIOLETA
BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA.
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