Memorandum De Entendimiento (Que El Gobierno De Nicaragua Y La Autoridad Del Gran Canal Interoceánico De Nicaragua En Representación Del Estado De Nicaragua, Autoriza Exclusivamente A La Empresa Hk Nicaragua Canal Development Investment Co., Limited, De Hong Kong, A Estructurar Y Gestionar El Financiamiento Del Proyecto Del Gran Canal Interoceánico De Nicaragua)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Acuerdos Presidenciales
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MEMORÁNDUM DE
ENTENDIMIENTO
(QUE EL GOBIERNO DE NICARAGUA Y LA AUTORIDAD DEL GRAN CANAL
INTEROCEÁNICO DE NICARAGUA EN REPRESENTACIÓN DEL ESTADO DE
NICARAGUA, AUTORIZA EXCLUSIVAMENTE A LA EMPRESA HK NICARAGUA
CANAL DEVELOPMENT INVESTMENT CO., LIMITED, DE HONG KONG, A
ESTRUCTURAR Y GESTIONAR EL FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO DEL GRAN
CANAL INTEROCEÁNICO DE NICARAGUA)
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua
Triunfa
Aprobado el 5 de Septiembre de 2012
Publicado en La Gaceta No. 125 del 05 de Julio de 2013
Que de conformidad con Ley 800, Ley del Régimen Jurídico de El
Gran Canal Interoceánico de Nicaragua y de Creación de la Autoridad
de El Gran Canal Interoceánico de Nicaragua, publicada en el
Diario Oficial La Gaceta, número ciento veintiocho (128), el día
nueve de julio del año dos mil doce, la Autoridad de El Gran Canal
Interoceánico de Nicaragua, quien en lo sucesivo se denominará como
La Autoridad, y la empresa HK Nicaragua Canal Development
Investment Co. Limited, de Hong Kong, quien en lo sucesivo se
denominará como La Empresa;
Acuerdan:
1. Que el Gobierno de Nicaragua y la Autoridad del Gran Canal
Interoceánico de Nicaragua en representación del Estado de
Nicaragua, autoriza exclusivamente a la empresa HK Nicaragua Canal
Development Investment Co., Limited, de Hong Kong, a estructurar y
gestionar el financiamiento del proyecto del Gran Canal
Interoceánico de Nicaragua, así como promover las alianzas con
empresas y fondos de financiamiento para la ejecución de este
proyecto y en lo general.
2. Que la Autoridad del Gran Canal interoceánico de Nicaragua
autoriza a la empresa de participar en la construcción, operación y
administración del proyecto del Proyecto del Gran Canal
interoceánico de Nicaragua.
3. Que ambas partes se comprometen desarrollar el Proyecto del Gran
Canal interoceánico de Nicaragua partiendo como base la Soberanía
de la República de Nicaragua.
En testimonio de lo cual, las partes por su libre y espontánea
voluntad aceptan en su totalidad este acuerdo, y lo aprobamos,
ratificamos y firmamos en dos tantos iguales de un mismo
tenor.
Dado en la ciudad de Managua, a los cinco días del mes de
septiembre del año dos mil doce.
Manuel Coronel K., Ministro Presidente Autoridad de El Canal
Interoceánico de Nicaragua. Wang Jing, Chairman CEO H K Nicaragua
Canal Development Investment Co., Limited.
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