Exonerar Del 5% A Los Ingresos De La Municipalidad De León

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Acuerdos Presidenciales - (EXONERAR DEL 5% A LOS INGRESOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LEÓN) No. 2, Aprobado el 18 de Octubre de 1943 Publicado en La Gaceta No. 224 del 21 de Octubre de 1943 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO: Que los Impuestos Adicionales sobre el destace de reses y de cerdos e introducción de mercaderías de la Municipalidad de León, fueron creados exclusivamente para abonar a la cuenta que dicho Municipio contrajo con el Banco Nacional, para llevar a cabo la construcción del Palacio Consistorial. POR TANTO: Y de conformidad con el Arto. 21, Inciso E) de la Ley que reglamenta el funcionamiento de la Contraloría de Cuentas Locales creada por Decreto Legislativo de 26 de Agosto de 1937, ACUERDA: I. - Exonerar del 5% de Contraloría a los ingresos provenientes de los Impuestos Adicionales creados por la Municipalidad de León de que habla el Considerando que antecede. II.  Este Acuerdo empezará a regir desde la fecha en que fueron creados dichos Impuestos. Comuníquese. - Casa Presidencial.  Managua, D. N., dieciocho de Octubre de mil novecientos cuarenta y tres.  SOMOZA. - El Ministro de la Gobernación, por la ley, ANIBAL IBARRA ROJAS. -