Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(EXCEPTÚANSE UNOS
IMPUESTOS)
No. 334, Aprobado el 11 de Diciembre de 1944
Publicado en La Gaceta No. 6 del 12 de Enero de 1945
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio del Distrito Nacional debe estimular por los
medios que estén a su alcance el ornato y embellecimiento de la
ciudad capital; y tomando en cuenta que el uso de Rótulos Luminosos
en el Radio Comercial dará a la ciudad una presentación en
consonancia con la categoría que le corresponde como capital y como
principal centro comercial de la República,
ACUERDA:
Único- Quedan exentos de todo Impuesto durante el término de cinco
años, contados a partir del primero de Enero del año de 1945, los
Rótulos Luminosos que estén establecidos o que se establezcan en el
Radio Comercial.
Comuníquese.- Casa Presidencia.- Managua, D. N., once de Diciembre
de mil novecientos cuarenta y cuatro.- El Presidente de la
Republica, SOMOZA.- El Ministro del Distrito Nacional,
ANDRES MURILLO.
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