Establecimiento O Reforzamiento De Puestos De Control – Ejército De Nicaragua, Instituto Forestal Nacional Y Policia Nacional

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Seguridad y Defensa Nacional Rango: Acuerdos Presidenciales - (ESTABLECIMIENTO O REFORZAMIENTO DE PUESTOS DE CONTROL  EJÉRCITO DE NICARAGUA, INSTITUTO FORESTAL NACIONAL Y POLICIA NACIONAL) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 193-2006, Aprobado el 04 de Mayo del 2006 Publicado en La Gaceta No. 89 del 09 de Mayo del 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO I Que la depredación de nuestros bosques aumenta cada día, a pesar de las medidas aplicadas causando una verdadera alarma nacional. II Que es obligación del Estado garantizar a los nicaragüenses un ambiente saludable, de acuerdo al artículo 60 de la Constitución Política de Nicaragua. III Que por mandato constitucional corresponde al Estado la preservación del ambiente y la conservación, desarrollo y explotación racional de los recursos naturales. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, ACUERDA: Arto. 1.- Instruir al Ejército de Nicaragua, Policía Nacional y al Instituto Nacional Forestal, que establezcan o refuercen, según el caso, puestos de control en los siguientes puntos: Entrada a las Manos (Ocotal); Entrada Ocotal-Somoto (Madriz); Empalme El Quebracho (Estelí), Entrada Campana (Estelí); Entrada a Limay (Estelí); Entrada Las Pintadas (Estelí), Empalme Sn. Nicolás (Estelí); Entrada Villanueva (Chinandega); Entrada Viejo (El Viejo); Entrada Puente Ochomogo (Rivas); Empalme San Juan del Sur (San Juan del Sur); Empalme Boaco (Boaco); Entrada Acoyapa-Rama (Chontales); Puente Tecolostote (Chontales); Salida Waslala-Matagalpa (Matagalpa); Entrada y Salida Matagalpa (Matagalpa); Río Blanco (Matagalpa); Empalme La Viola (Jinotega); San Carlos (Río San Juan), Entrada Waspán (Waspán); Entrada Puerto (Bilwi, Puerto Cabezas); Entrada Wawaboom Entrada Kukalaya; Salida Rosita-Bonanza (Rosita); Empalme Siuna (Siuna); Empalme Españolina (Bonanza); Empalme Alamikamba (Prinzapolka); Empalme Quebradas Siuna Waslala (Siuna). Arto. 2.- El presente Acuerdo entra en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en la Gaceta Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial a los cuatro días del mes de mayo de dos mil seis. Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República de Nicaragua. -