Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(DUPLICAR EL VALOR DE TODOS Y
CADA UNO DE LOS IMPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL PLAN DE ARBITRIOS
VIGENTE)
ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 34, Aprobado el 19 de Junio de
1940
Publicado en La Gaceta Nº 143 de 26 de Junio de 1940
El Presidente de la República, en uso de las facultades que la ley
de 26 de Agosto de 1937, le confiere,
Considerando:
Que la Junta Local de Beneficencia de esta ciudad, en su solicitud
de fecha 18 de Junio corriente, elevada al conocimiento del
Ministerio de la Gobernación y Anexos para duplicar los impuestos
de Beneficencia, aduce razones que llevan al convencimiento del
Ejecutivo la necesidad de tal medida,
Acuerda:
Arto.1ºDuplicar el valor de todos y cada uno de los impuestos
establecidos en el Plan de Arbitrios vigente, de la Junta Local de
Beneficencia de Managua.
Arto. 2ºEste acuerdo empezará a surtir sus efectos desde el
primero de Julio entrante.
ComuníqueseCasa PresidencialManagua, D. N., diecinueve de Junio
de mil novecientos cuarentaSOMOZA. El Ministro de
Beneficencia, por la leyGustavo Abaunza.
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