Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Acuerdos Presidenciales
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DISPOSICIÓN RELATIVA A PLANES DE
ARBITRIOS
ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 8 de Julio de 1897
Publicado en La Gaceta No. 282 del 14 de Julio de 1897
El Presidente del Estado, en uso de sus facultades, acuerda:
Art. 1º.- Deróganse las disposiciones de los Planes de
Arbitrios Municipales que establecen impuestos especiales y
directos sobre las propiedades, por el simple hecho de que sus
dueños no sean vecinos del lugar en que se hallan ubicados los
inmuebles.
Art. 2º.- El impuesto establecido en los Planes de Arbitrios
sobre el aguardiente que se extraiga de los depósitos, deberá
entenderse respecto del que se venda para el consumo del
departamento y no respecto del que se traslade de un depósito á
otro.
Comuníquese- Managua, 8 de Julio de 1897- Zelaya - El
Ministro de Gobernación - Caldera.
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