Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(DEPÓSITO DE LA CONVENCIÓN
INTERAMERICANA PARA FACILITAR LA ASISTENCIA EN CASOS DE
DESASTRE)
Aprobado el 9 de Enero de 1998
Publicado en La Gaceta No. 48 del 11 de Enero de 1998
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
POR TANTO:
El 7 de Junio de 1991 fue adaptada en Santiago, Chile, durante el
Vigésimo Primer Período de Sesiones de la Asamblea General de la
Organización de los Estados Americanos, la Convención
Interamericana para Facilitar la Asistencia en Casos de Desastre,
suscrita el 21 de Abril de 1992 por el Representante Permanente de
Nicaragua ante dicha Organización, compuesta de un preámbulo y 23
artículo.
POR TANTO:
La Asamblea Nacional, por Decreto No. 1734 del 4 de Septiembre de
1997, promulgado el 26 de ese mismo mes y año aprobó la referida
Convención, publicada en La Gaceta, Diario Oficial Número 203 del
24 de Octubre de 1997.
POR TANTO:
El Poder Ejecutivo en uso de las facultades que le confiere la Ley,
ratificó la mencionada Convención por Decreto Número Uno del 9 de
Enero de 1998 y manda expedir el correspondiente Instrumento de
Ratificación para su debido depósito.
POR TANTO:
Expido el prsente Instrumento de Ratificación, firmado por Mí,
sellado con el Gran Sello de la Nación y refrendado por el Ministro
de Relaciones Exteriores, para su depósito en la Secretaría General
de la Organización de los Estados Americanos, de conformidad con el
Artículo XVlll de la Convención.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los nueve días
del mes de Enero de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO
ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- EMILIO
ALVAREZ MONTALVÁN. MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES.
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