Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Salud
Rango: Acuerdos Presidenciales
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DEJAR SIN EFECTO EL ARTO. 1 DEL
ACUERDO 11 DE AGOSTO DEL AÑO ANTERIOR.
Aprobado el 22 de Enero de 1917
Publicado en La Gaceta No. 18 del 3 de Febrero de 1917
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
ACUERDA:
1º.- Dejar sin efecto el artículo 1º del acuerdo de 11 de agosto
del año anterior por el cual se crea el puesto de Inspector de
Higiene Sanidad de esta Capital.
2º.- Anéxase esas funciones al señor Jefe Político del
Departamento, quien las ejercerá sin remuneración alguna.
Comuníquese Managua, 22 de enero de 1917- CHAMORRO El
Ministerio de Policía- Cabrera.
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