Declárase Zona Restringida Una Estación Naval

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Seguridad y Defensa Nacional Rango: Acuerdos Presidenciales - (DECLÁRASE ZONA RESTRINGIDA UNA ESTACIÓN NAVAL) No. 44, Aprobado el 13 de Marzo de 1943 Publicado en La Gaceta No. 56 del 16 de Marzo de 1943 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, ACUERDA: ÚNICO: - Declarar zona restringida dentro de un arco de tres kilómetros de radio con su centro en el muelle, la estación Naval de Money Penny en aguas del Golfo de Fonseca. Comuníquese  Casa Presidencial  Managua, D. N., 13 de Marzo de 1943.  (f) A. SOMOZA.  El Ministro de Marina, por la ley  (f) ADÁN MEDINA C., Coronel G. N. -