Declarase Dìas De Fiesta Oficial, El 30 De Abril, El 1 Y 2 De Mayo Próximo

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Laboral y Seguridad Social Rango: Acuerdos Presidenciales - DECLARASE DÌAS DE FIESTA OFICIAL, EL 30 DE ABRIL, EL 1 Y 2 DE MAYO PRÓXIMO No. 342, Aprobado el 23 de Abril de 1951 Publicado en La Gaceta No. 85 del 26 de Abril de 1951 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, ACUERDA: Único:- Declarar Días de Fiesta Oficial, el 30 del corriente, el 1 y 2 de Mayo próximos, con motivo de la solemne toma de posesión de la Presidencia de la República, del Excelentísimo General de División Don Anastasio Somoza García, para el período constitucional 1951/1957. Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 23 de Abril de 1951.- SOMOZA.- El Ministro de la Gobernación.- M. Salmerón. -