Declàranse Vacaciones Para Los Empleados De La Administración Pùblica

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Laboral y Seguridad Social Rango: Acuerdos Presidenciales - DECLÀRANSE VACACIONES PARA LOS EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÙBLICA No. 157, Aprobado el 18 de Noviembre de 1951 Publicado en La Gaceta No. 273 del 19 de Diciembre de 1951 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, ACUERDA: Primero.- Declarar Días de Vacaciones para los Empleados de la Administración Pública, desde el 24 del corriente hasta el 2 de Enero próximo, inclusive. Segundo.- Los jefes superiores en los ramos de Relaciones Exteriores, Encomia, Hacienda, Fomento, Guerra, y dependencias de la Imprenta Nacional, dispondrán lo conveniente para el efecto de que no se paralice el movimiento administrativo en todo lo que fuere indispensable. Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 18 de Diciembre de 1951.- SOMOZA, El Ministro de la Gobernación, por la ley, Jesús Aguilar Cortés. -