Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Acuerdos Presidenciales
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CREASE EL CALENDARIO PATRIÓTICO
DE NICARAGUA
ACUERDO PRESIDENCIAL NO.704 Aprobada el 8 de Agosto de
1948
Publicado en La Gaceta No.188 del 28 de Agosto de 1948
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
Considerando:
Que la Patria es deudora de los valores literarios, artísticos,
científicos y sociales que representan sus grandes hijos en el
pasado, el presente y el porvenir;
Considerando:
Que para mantener viva la llama de la gratitud y del patriotismo,
se hace necesario encender este amor en las almas de la juventud
nicaragüense, tanto en las almas de la juventud nicaragüense, tanto
en la Escuela como en la Sociedad;
Considerando:
Que Nicaragua ha sido pródiga en esta clase de valores
espirituales, alcanzando, por ello, renombre y un clima de simpatía
y de respeto en el extranjero.
Acuerda:
1º.- Crear el Calendario Patriótico de Nicaragua, en cuyas hojas
tendrán cabida, para llenar los propósitos anteriores, los hijos de
Nicaragua que por su obra tengan méritos suficientes para reafirmar
su nombre en la conciencia nacional.
2º.- La fecha de nacimiento de cada uno de estos hijos
predilectos de la Patria, será celebrada en la ciudad cabecera del
respectivo Departamento, con la colaboración de las autoridades
locales y departamentales, por medio de actos culturales.
3º.- Los centros escolares de la República, oficiales y
particulares, participarán de tales actividades, y los Directores y
Profesores de los mismos dictarán pláticas a los alumnos, alusivas
a la fecha natalicia que les corresponda.
4º.- Para el efecto de hacer la selección y ubicación histórica
de los prohombres de Nicaragua, cuyos nombres habrán de figurar en
el Calendario Patriótico, se nombra una Junta de Revisión,
compuesta de las siguientes personas:
El Sr. Ministro del Ramo,
Dr. Juan de Dios Vanegas,
Dr. Andrés Vega Bolaños,
Dr. Carlos Cuadra Pasos,
Dr. Modesto Armijo,
Dr. Felipe Rodríguez Serrano.
5º.- El presente Acuerdo, surte efectos de Ley a partir de la
fecha y los miembros de la respectiva Junta de Revisión tomarán
posesión de sus cargos en el Ministerio de Educación Pública.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., Agosto 8 de
1948 .- ROMAN Y REYES.- El Ministro de Educación Pública, José
H. Montalván.
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