Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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CREAR UN COMITÉ NACIONAL DEL
CINCUENTA ANIVERSARIO DE LAS NACIONES UNIDAS
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 156-95, Aprobado el 23 de Junio de
1995
Publicado en La Gaceta No. 122 del 30 de Junio de 1995
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que el 24 de Octubre de 1995 se cumplen cincuenta años de haber
entrado en vigor la Carta de las Naciones Unidas, suscrita en la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización
Internacional, que tuvo lugar en la ciudad de San Francisco, del 25
de Abril al 26 de Junio de 1945, teniendo como primordial propósito
mantener la paz y la seguridad internacionales.
II
Que para el logro de tan alto objetivo la Organización establece la
igualdad soberana de las Naciones, asegura la dignidad y el valor
de la persona humana y las libertades fundamentales de todos sin
distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, crea
condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el
respeto a las obligaciones internacionales.
III
Que Nicaragua suscribió la Carta de San Francisco, el 26 de Junio
de 1945 juntamente con los Plenipotenciarios de cincuenta países
que participaron en la Conferencia, convirtiéndose en miembro
originario de las Naciones Unidas. Fue aprobada y ratificada la
Carta el 6 de Julio de ese mismo año y depositado el Instrumento de
Ratificación el 6 de Septiembre de 1945.
IV
Que el 24 de Octubre de cada año, ha sido consagrado como Día de
las Naciones Unidas conmemorándose con celebraciones especiales en
los 185 países que conforman la Organización Mundial.
V
Que este año, el 24 de Octubre, reviste especial solemnidad, por
celebrarse el 50 Aniversario de la entrada en vigor de la Carta de
las Naciones Unidas; constituye una ocasión propicia para que los
gobiernos y los Pueblos del mundo renueven su adhesión a los
propósitos y principios de la Carta de la Naciones Unidas y
reafirmen su compromiso de traer una nueva era de paz mundial y
desarrollo económico y social para los pueblos sobre la base de la
igualdad, la libertad y la justicia.
VI
Que para el mejor realce de la celebración del Cincuenta
Aniversario de las Naciones Unidas, se hace necesaria la
Integración de un Comité Nacional.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
ACUERDA:
Artículo 1.- Crear un Comité Nacional que presidido por el
Ministerio de Relaciones Exteriores lo integrarán Representantes de
la Asamblea Nacional, Corte Suprema de Justicia, Consejo Supremo
Electoral, Ministerio de Educación, Ministerio de Economía y
Desarrollo, Instituto Nicaragüense de Cultura, Dirección de
Comunicación Social.
El Coordinador residente del Sistema de las Naciones Unidas en
Nicaragua, participará como invitado en las labores del
Comité.
Artículo 2.- El Comité Nacional organizará los eventos que
conmemorarán la celebración del Cincuenta Aniversario de las
Naciones Unidas, promoviendo el conocimiento de los propósitos y
principios que impulsa la Carta de las Naciones Unidas, así como la
participación de la Sociedad Civil en dicha conmemoración.
Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
veintitrés días del mes de Junio de mil novecientos noventa y
cinco. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, Presidente de la
República de Nicaragua.
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