Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(CREACIÓN DE LA COMISION
EJECUTORA DEL PLAN ACCIONARIO (CEPA)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 339-2000, Aprobado el 16 de Agosto
2000
Publicado en la Gaceta No.160 del 24 de Agosto del 2000.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
ACUERDA
Artículo 1.- Créase la Comisión Ejecutora del Plan
Accionario, que podrá ser también nominada por sus siglas
CEPA, como instancia de apoyo interinstitucional al
Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la formulación,
elaboración y ejecución del Plan Accionario conforme a las
directrices de dicho Ministerio y a lo dispuesto en los Artos.5, 44
y 45 de la Ley N° 293 Reformas a la Ley N° 210, Ley de
Incorporaciones de Particulares en la Operación y Ampliación de los
Servicios Públicos de Telecomunicaciones.
Artículo 2.- La Comisión Ejecutora del Plan Accionario
estará integrada por los siguientes miembros:
1) Un delegado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quien
la presidirá.
2) Un delegado de TELCOR.
3) Un delegado de ENITEL S.A.
4) Un delegado de Correos de Nicaragua.
5) Un representante de los beneficiarios del Plan Accionario de
cada una de las instituciones de los numerales 2, 3 y 4 anteriores,
escogidos por la dirección superior de cada una de estas
instituciones.
Los delegados de los numerales 1, 2, 3 y 4 serán nombrados por el
Presidente de la República.
Artículo 3.- El Ministerio de Hacienda y Crédito Público
solicitará a ENITEL, TELCOR y Correos de Nicaragua toda la
información sobre los años de servicio de los beneficiarios, a fin
de establecer la participación accionaria que corresponde a cada
uno de ellos.
Artículo 4.- El presente Acuerdo surte sus efectos, a partir
de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el día dieciséis
de Agosto del año dos mil. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente
de la República de Nicaragua.
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