Convenio De Préstamo Por El Monto De Diez Millones De Dólares Para Ser Utilizados Para El Pago Del Servicio De La Deuda Que Nicaragua Tiene Con The Opec Fund

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Acuerdos Presidenciales - (CONVENIO DE PRÉSTAMO POR EL MONTO DE DIEZ MILLONES DE DÓLARES PARA SER UTILIZADOS PARA EL PAGO DEL SERVICIO DE LA DEUDA QUE NICARAGUA TIENE CON THE OPEC FUND) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 245-2007, Aprobado el 08 de Mayo del 2007 Publicado en La Gaceta No. 92 del 17 de Mayo del 2007 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1.- Autorizar al Encargado de Negocios a. i. de la Embajada de la República de Nicaragua en Austria, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con The OPEC Fund for International Development, Convenio de Préstamo hasta por un monto de diez millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 10,000,000.00), para ser utilizados exclusivamente en el pago del servicio de la deuda que Nicaragua tiene con The OPEC Fund, constituyendo el elemento de donación del préstamo una porción del alivio que The OPEC Fund for International Development otorgará a Nicaragua en el marco de la Iniciativa para Países Pobres Altamente Endeudados (HIPC). Artículo 2.- La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Encargado de Negocios a. i. en la firma del Convenio relacionado en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y The OPEC Fund for International Development. Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil siete. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua. -