Convenio De Crédito Para Proyecto “Ampliación De La Subestación Eléctrica Planta Nicaragua Lote I”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (CONVENIO DE CRÉDITO PARA PROYECTO AMPLIACIÓN DE LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA PLANTA NICARAGUA LOTE I) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 157-2002, Aprobado el 18 de Marzo del 2002 Publicado en La Gaceta No. 57 del 22 de Marzo del 2002 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, Licenciado Eduardo Montealegre Rivas, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, pueda suscribir con el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España (ICO), Convenio de Crédito por un monto de Tres Millones Trescientos Treinta y Tres Mil Setecientos Treinta Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 3,333.730.00), para financiar el Proyecto denominado Ampliación de la Subestación Eléctrica Planta Nicaragua Lote I. Artículo 2.- La transcripción de este Acuerdo servirá para la acreditación de la representación para la firma del Convenio de Crédito, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados con el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España (ICO). Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el dieciocho de Marzo del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -