Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(CONVENIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA
NO REEMBOLSABLE MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE LAS
PYMES TURÍSTICAS)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 345-2001, Aprobado el 26 de
Octubre del 2001
Publicado en La Gaceta No. 207 del 31 de Octubre del 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
ACUERDA
Artículo 1.- Autorizar al Ingeniero Esteban Duque Estrada,
Ministro de Hacienda y Cré dito Público, para que pueda suscribir
en nombre y representación de la República de Nicaragua, con el
Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en su calidad de
administrador del Fondo Multilateral de Inversiones (FOMIN), el
Convenio de Cooperación Técnica no Reembolsable; Mejoramiento de
la calidad de los servicios de las PYMES Turísticas, por una suma
de un millón doscientos tres mil dólares (US$ 1,203,000.00) o su
equivalente en otras monedas, de los cuales ochocientos diecisiete
mil (US$ 817,000.00) corresponden al aporte del BID, a través del
Fondo Multilateral de Inversiones (FOMIN), y trescientos ochenta y
seis mil (US$ 386,000.00) corresponden al aporte local.
Artículo 2.- La transcripción de este Acuerdo servirá
para la acreditación de la representación para la firma del
contrato de préstamo, cuyos términos y condiciones han sido
previamente acordados por el BID.
Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos, a
partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el día
veintiséis de Octubre del año dos mil uno. ARNOLDO ALEMAN
LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
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