Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
-
CONTRATO DE PRÉSTAMO ENTRE
GOBIERNO DE NICARAGUA Y BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACION
ECONÓMICA PARA ATENDER COMPLEJO PORTUARIO RAMA- EL BLUFF
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 127., Aprobado el 16 de Junio de
1970
Publicado en la Gaceta Nº 136 del 19 de Junio de 1970
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de las facultades concedidas por el Decreto Legislativo No.
1704 del 30 de Mayo del año en curso, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial No. 130 del 12 de Junio de este año.
Acuerda :
Artículo 1º.- Se comisiona al Señor Ingeniero Luis Pereira
Denueda, Ministro de Obras Públicas por la Ley, para que en nombre
y representación del Gobierno de Nicaragua, suscriba con el Banco
Centroamericano de Integración Económica, un Contrato de Préstamo
hasta por la suma de Tres Millones Ciento Quince Mil Dólares (US$
3,115.000.00), préstamo que será usado para el financiamiento de
los costos de Ingeniería, construcción y adquisición de equipo
necesario para el complejo portuario Ciudad Rama El Bluff en la
Costa Atlántica del país.
Artículo 2º.- El plazo, intereses y demás condiciones, se
ajustarán a las voces del Decreto Legislativo arriba
mencionado.
Artículo 3º.- El Ingeniero Pereira Denueda queda
facultado para firmar todos los documentos que fueren necesarios
para la tramitación del préstamo referido y aceptar las cláusulas y
condiciones propias de esta clase de operaciones; acreditando su
representación con la trascripción del presente Acuerdo.
Comuníquese y Publíquese. Casa Presidencial. Managua,
Distrito Nacional, dieciséis de Junio de mil novecientos setenta.-(
f ) A. SOMOZA D. , Presidente de la República.-( f )
Gustavo Montiel , Ministro de Hacienda y Crédito
Público.
-