Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
-
CONSTITÚYASE COMITÉ COORDINADOR
DE LOS PROGRAMAS DE LA ALIANZA PARA EL PROGRESO
No. 206, Aprobado el 10 de Enero de 1968
Publicado en la Gaceta No. 18 del 22 de Enero de 1968
En la ciudad de Managua, Distrito Nacional a las nueve de la mañana
del día diez de Enero de mil novecientos sesenta y ocho. Reunidos
en Casa Presidencial, en Consejo de Ministros, los infrascritos
Señores: Doctor Vicente Navas Arana, Ministro de la Gobernación;
Doctor Lorenzo Guerrero, Ministro de Relaciones Exteriores;
Ingeniero Arnoldo Ramírez Eva, Ministro de Economía, Industria y
Comercio; General de Brigada GN. Gustavo Montiel, Ministro de
Hacienda y Crédito Público; Doctor Ramiro Sacasa Guerrero, Ministro
de Educación Pública; Ingeniero Alfonso Callejas Deshon, Ministro
de Obras Públicas; General de Brigada GN. Francisco Büchting,
Ministro de Defensa; Doctor Alfonso Lovo Cordero, Ministro de
Agricultura y Ganadería; Doctor Francisco Urguyo Maliaño, Ministro
de Salud Pública; y Licenciado Ernesto Navarro Richardson, Ministro
de Trabajo previa citación del Señor Presidente de la República,
General de División Don Anastasio Somoza Debayle, quien preside
este Consejo, y con asistencia del Doctor Roberto Incer Barquero,
Secretario de la Presidencia de la República, que autoriza,
resolvieron dictar el siguiente Acuerdo.
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
CONSIDERANDO:
Que para aunar en forma más efectiva los esfuerzos de cooperación
técnica y ayuda financiera del Gobierno de Nicaragua y del Gobierno
de los Estados Unidos de América, conveniente coordinar en los
aspectos políticos, financieros y económicos los programas y
actividades que realicen las dependencias del Estado, Entes
Autónomos y Descentralizados relacionados con la Alianza para el
Progreso,
ACUERDA:
I
Constituir un Comité de trabajo que se llamará Comité Coordinador
de los Programas de la Alianza para el Progreso y que tendrá a
cargo la coordinación y supervisión de los Programas que se
realicen con la asistencia técnica y financiera de la Alianza para
el Progreso de acuerdo con las Prioridades y lineamientos que
señale el Presidente de la República.
II
El Comité Coordinador está formado por el Secretario de la
Presidencia, que actuará también como Oficial de Enlace entre el
Gobierno de Nicaragua y las Autoridades de la Alianza en Nicaragua
en todos los asuntos políticos; el Ministro de Economía, Industria
y Comercio y el Presidente del Banco Central.
III
Todas las Dependencias Estatales, Entres Autónomos y Empresas
Descentralizadas deberán coordinar con el comité en todos los
programas que realicen bajo la cooperación Técnica y Financiera del
Gobierno de los Estados Unidos dentro del Programa de Alianza para
el Progreso.
Comuníquese.- Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional,
a los diez días del mes de Enero de mil novecientos sesenta y ocho.
A. SOMOZA D., Presidente de la República; El Ministro de la
Gobernación, Vicente Navas A. El Ministro de Relaciones
Exteriores, Lorenzo Guerrero; El Ministro de Economía,
Industria y Comercio, A. Ramírez E.; El Ministro de Hacienda
y C. P. Gustavo Montiel; El Ministro de Educación Pública,
Ramiro Sacasa Guerrero; El Ministro de Obras Públicas, A.
Callejas D.; El Ministro de Defensa, Francisco Büchting;
El Ministro de Agricultura y Ganadería, Alfonso Lovo C.; el
Ministro de Salud Pública, Francisco Urcuyo M.; El Ministro
del Trabajo, Ernesto Navarro R.; El Secretario de la
Presidencia de la República, Roberto Incer B.
-