Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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CONFERIR PLENOS
PODERES
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 6-93, Aprobado el 12 de Enero de
1993
Publicada en La Gaceta No. 9 del 13 de Enero de 1993
El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de sus
facultades,
ACUERDA
Artículo.-1 Conferir Plenos Poderes al Embajador de
Nicaragua en Francia señor Carlos José Barrios Torres, para
que en dicha calidad suscriba en nombre del Gobierno de Nicaragua,
la Convención sobre la Prohibición, el Desarrollo, la Producción,
el Almacenamiento y la Utilización de Armas Químicas, en una
Ceremonia que tendrá lugar en París el 13 de Enero en curso.
Artículo.-2 La transcripción del presente Acuerdo autoriza
suficientemente al Señor Embajador Carlos José Barrios
Torres para proceder de conformidad. Publíquese en el Diario
Oficial, La Gaceta.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los doce
días del mes de enero de mil novecientos noventa y tres.-VIOLETA
BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA.
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