Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(BANCO NACIONAL Y LAS DEMÁS
INSTITUCIONES BANCARIAS COMERCIALES DEBERÁN HABER REDUCIDO EL
VOLUMEN DE LOS CRÉDITOS COMERCIALES)
ACUERDO NO. 46; Aprobado el 04 de Mayo de 1954
Publicado en La Gaceta No. 100 del 07 de Mayo de 1954
ACUERDO NO. 46
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que los estudios efectuados acerca de la situación cambiaria y
monetaria del país, han revelado el alto nivel alcanzado por las
importaciones durante el presente año, observándose al propio
tiempo que de los créditos comerciales, que constituyen la fuente
principal para las importaciones, han recibido un mayor incremento
los destinados para artículos de consumo, que los que se aplican
para incrementar la producción circunstancias que han provocado el
acentuado drenaje de divisas que el país esta experimentado,
especialmente durante estos últimos meses, con la consiguiente
amenaza para la estabilidad de la balanza de pagos, por lo cual se
considera conveniente contrarrestar ese éxodo exagerado de cambios
internacionales, utilizando la facultad otorgada por el Arto. 1 del
Decreto No. 32 de 6 de Abril del corriente año;
Por tanto y en uso de las facultades que le confiere el Arto. 195
numerales 3 y 14 Cn. y el Decreto No. 32 de 6 de Abril de
1954,
ACUERDA:
Artículo 1.- Dentro del plazo de tres meses, contado a
partir de la fecha de vigencia de este Acuerdo, el Departamento
Bancario del Banco Nacional de Nicaragua y las demás instituciones
bancarias comerciales establecidas en el país deberán haber
reducido el volumen de los créditos comerciales a que se refieren
los numerales 1), 2) y 4) del Arto. 3 del Decreto-Ley de Nivelación
de Cambios de 4 de Abril de 1949, el monto que tenían sus
respectivas carteras comerciales el 31 de Diciembre de 1953.
Artículo 2.- Este acuerdo entrará en vigor desde el día de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial, Managua, D. N., cuatro de Mayo de mil
novecientos cincuenta y cuatro.- A. SOMOZA.- El Ministro de
Economía, RAFAEL A. HUEZO.
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