Autorizase Resello De Timbres Fiscales Con Inscripción “

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Acuerdos Presidenciales - AUTORIZASE RESELLO DE TIMBRES FISCALES CON INSCRIPCIÓN  ACUERDO PRESIDENCIAL No. 119, Aprobado el 9 de Junio de 1970 Publicado en Gaceta No. 138 del 22 de Junio de 1970 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, EN USO DE SUS FACULTADES, Por Cuanto: En oficio No. 11446 M 3 de junio del corriente año, el Director General de Ingresos expone que de conformidad con los Artículos lo. y 2o. del Decreto Ejecutivo No. 14 del 2 de diciembre de 1959, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 282 del 11 de diciembre de 1959, solicita se emita Acuerdo por medio del cual se autorice el resello de DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL Timbres Fiscales con la inscripción "Año 1970", conforme el siguiente detalle: Denominación Cantidad Valor De C$ 0.50 50.000 C$ 25.000.00  1.00 50.000  50.000.00  2.00 50.000  100.000.00  5.00 25.000  125.000.00  10.00 25.000  250.000.00  25.00 10.000  250.000.00  50.00 10.000  500.000.00  10.00 10.000  100.000.00 2.220.000 C $ 2.300.000.00 Con fundamento en el citado Decreto, Acuerda: Único: Autorizase el resello de los Timbres Fiscales en cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL con la inscripción "Año 1970" en color negro, trabajo que deberá ser realizado en los Talleres de la Imprenta Nacional y bajo la fiscalización de la Comisión respectiva. Comuníquese. Casa Presidencial Managua, Distrito Nacional, a los nueve días del mes de junio de mil novecientos setenta. - (f) A. SOMOZA , Presidente de la República. - (f) Gustavo Montiel , Ministro de Hacienda y C. P. -