Autorízase Resello De Timbres Fiscales Con Inscripción Año 1966

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Acuerdos Presidenciales - AUTORÍZASE RESELLO DE TIMBRES FISCALES CON INSCRIPCIÓN AÑO 1966 ACUERDO No. 7, Aprobado el 16 de Febrero de 1966 Publicado en La Gaceta No. 44 del 22 de Febrero de 1966 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de sus facultades, Por Cuanto: Que en oficio de 7 de Febrero corriente, el Director General de Ingresos expone, que de conformidad con los Artos. 1º y 2º del Decreto Ejecutivo No. 14 del 2 de Diciembre de 1959, publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 282 del día 11 de aquel mismo mes y año, solicita se emita acuerdo por medio del cual se autorice el resello de Ochocientos Cuarenta y Ocho Mil Seiscientos Timbres Fiscales con la Inscripción Año 1966, en color negro, para ser debidamente usados en el corriente año, conforme el siguiente detalle: Denominación Cantidad Valor Total 0.50 238,500 C$ 119,250.00 1.00 229,500 229,500.00 2.00 139,500 279,000.00 5.00 103,500 517,500.00 10.00 72,000 720,000.00 25.00 36,000 900,000.00 50.00 18,000 900,000.00 100.00 10,000 100,000.00 500.00 1,000 500,000.00 1.000.00 600 600,000.00 SUMAN 848,600 4,865,250.00 Por Tanto: Con fundamento en el Citado Decreto, Acuerda: Único: Autorízase el resello de los Timbres Fiscales en cantidad de Ochocientos Cuarenta y Ocho Mil Seiscientos con la inscripción AÑO 1966 en color negro, trabajo que deberá ser realizado en los Talleres de la Imprenta Nacional y bajo la fiscalización de la Comisión respectiva. Comuníquese. - Casa Presidencial, Managua, D. N., a los 16 días del mes de Febrero de mil novecientos sesenta y seis. - (f) RENE SCHICK, Presidente de la República. - (f) Ramiro Sacasa Guerrero, Ministro de Hacienda y Crédito Público. -