Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Acuerdos Presidenciales
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AUTORÍZASE RESELLO DE 20.000
TIMBRES FISCALES PARA AÑO 1976
Acuerdo No. 122 de 11 de septiembre de 1976
Publicado en La Gaceta No. 226 de 5 de octubre de 1976
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
en uso de sus facultades,
Acuerda:
Arto. 1.- Resellar 20.000 Timbres Fiscales con un valor
facial de C$1.00 cada uno, y 15.000 Timbres Fiscales con un valor
facial de C$0.50 cada uno, para ser usados en el presente año de
1976 así:
Nota: Ver tabla en la página 2988 de La Gaceta No. 226 de 5 de
octubre de 1976
Arto. 2.- El resello deberá ser hecho en los Talleres
Nacionales de Imprenta y Encuadernación, en tinta de color negro de
alta calidad, bajo la vigilancia de una comisión integrada por un
representante de ese mismo Ministerio, uno del Tribunal de Cuentas
y un tercero de la Dirección General de Ingresos.
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los once
días del mes de Septiembre de mil novecientos setenta y seis.- (f)
A. SOMOZA D., Presidente de la República .- (f) Gustavo
Montiel, Ministro de Hacienda y Crédito Público".
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