Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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AUTORÍZASE JEFATURA DE TRANSITO
DE MANAGUA CONCEDER PLACAS PROVISIONALES
"No. 4, Aprobado el 21 de Enero de 1977
Publicado en La Gaceta No. 25 del 31 de Enero de 1977
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de sus facultades,
ACUERDA:
Artículo 1.- Autorizar a la Jefatura del Transito de
Managua, para que mientras salen las placas para matrículas de
vehículos del Año de 1977, pueda conceder placas provisionales,
cobrando el valor de los impuestos establecidos en el Decreto
Legislativo No. 552, de 22 de Diciembre de 1970, de Acuerdo con lo
establecido en el Arto. 10 de las Regulaciones Presupuestarias
Vigentes.
Las cantidades recaudadas hasta esta fecha en concepto de venta
de Placas Provisionales, deberán ser enteradas en el Banco Central
de Nicaragua, en la forma establecida en el párrafo anterior del
presente Acuerdo, en la Cuenta Fondo General Córdobas a la orden
del Gobierno.
Artículo 2.- Así mismo se faculta a la Jefatura de
Tránsito do Managua, para cambiar las Placas Provisionales, por las
placas definitivas, tan pronto sean puestas a la orden, sin cobro
adicional alguno.
Dado en Casa Presidencial. Managua, D. N., a los veintiún días
del mes de Enero de mil novecientos setenta. y siete.- (f) A.
SOMOZA D. Presidente de la República. - (f)
GUSTAVO MONTIEL. Ministro de Hacienda y Crédito
Público".
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