Autorízase Impresión De Timbres Telegráficos Semana De Comunicaciones

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Acuerdos Presidenciales - AUTORIZASE IMPRESIÓN DE TIMBRES TELEGRÁFICOS SEMANA DE COMUNICACIONES ACUERDO No. 60, Aprobado el 06 de Septiembre de 1966 Publicado en La Gaceta No. 219 del 26 de Septiembre de 1966 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de sus facultades, Considerando: Que la Dirección General de Ingresos ha enviado Nota No. 12692, de 31 de Agosto del corriente año, expresando que se aproxima la Semana de Comunicaciones, y no habiendo a la fecha timbres telegráficos de los que usan en dicha semana, pide se resellen en los Talleres de la Imprenta Nacional en tipo ancho y bien legible e impresos con tinta negra, la cantidad de Cuatrocientos Diez Mil Estampillas de C$ 0.03 conmemorativas de la Cámara Junior, con leyenda Timbres Telegráficos  Semana de Comunicaciones, siendo los valores a resellar de C$ 0.05, C$ 0.10, C$ 0.15, C$ 0.25, C$ 0.50 y C$ 1.00, respectivamente, a fin de facilitar su identificación y ahorrar pérdidas a los encargados de su manejo. Por Tanto: Acuerda: Único: Autorizase la impresión de Cuatrocientas Diez Mil estampillas de C$ 0.03 conmemorativas de la Cámara Junior, con leyenda Timbres Telegráficos  Semana de Comunicaciones, en tipo ancho, bien legible e impresos con tinta negra, con los valores que a continuación se detallan: Cantidad Valor 100,000 C$ 0.05 75,000 C$ 0.10 75,000 C$ 0.15 60,000 C$ 0.25 50,000 C$ 0.50 50,000 C$ 1.00 410,000 Los timbres identificados así, serán usados exclusivamente durante la Semana de Comunicaciones de 1966. Comuníquese. - Casa Presidencial. - Managua, D. N., a los seis días del mes de Septiembre de mil novecientos sesenta y seis. - (f) LORENZO GUERRERO, Presidente de la República. - Ramiro Sacasa Guerrero, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público. -