Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Acuerdos Presidenciales
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AUTORÍZASE IMPRESIÓN DE SELLOS
POSTALES DENOMINADA
OLIMPIADAS DE MÉXICO 1968
ACUERDO No. 78, Aprobado el 31 de Agosto de 1967
Publicado en La Gaceta No. 219 del 27 de Septiembre de 1967
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de sus facultades,
Considerando:
Que los próximos juegos Olímpicos Mundiales se realizarán en el año
de 1968 en la ciudad de México, los cuales constituyen un evento
deportivo extraordinario;
Considerando:
Que en los Juegos Olímpicos se ponen de manifiesto ideales de
convivencia sin distingos de razas, ideas políticas o credos
religiosos;
Acuerda:
Artículo 1.- Autorizar la impresión de una emisión de sellos
postales para el servicio aéreo internacional, denominada
Olimpiadas de México 1968 en cantidad de Setecientos Cincuenta
y Cinco Mil sellos (755,000) y Diez Mil Hojas Miniaturas (10,000)
con valor fiscal de Trescientos Noventa y Dos Mil Quinientos
Córdobas Netos (C$ 392,500.00) y Cuarenta y Dos Mil Quinientos
Córdobas Netos (C$ 42,500.00) respectivamente, y total de
Cuatrocientos Treinta y Cinco Mil Córdobas Netos (C$
435,000.00).
Artículo 2.- Esta emisión constará de las siguientes
cantidades y valores:
200,000 sellos de 10 centavos C$ 20,000.00
150,000 15 C$ 22,500.00
150,000 20 C$ 30,000.00
100,000 35 C$ 35,000.00
150,000 50 C$ 75,000.00
100,000 75 C$ 75,000.00
75,000 1 Córdobas C$ 75,000.00
30,000 2 Córdobas C$ 60,000 00
755,000 C$ 392,500.00
10,000 hojas miniaturas con los sellos de 50 y 75 centavos
y de 1 y 2 Córdobas con valor de C$ 4.25 c/u ....... C$
42,500.00
Artículo 3.- Los diseños para esta emisión serán motivos de
los siguientes juegos deportivos que constituyen las competencias
más populares desde un punto de vista internacional y local:
Basket-ball, Esgrima, Natación, Carreras, Atletismo, Levantamiento
de Pesas, Boxeo y Foot-ball.
Artículo 4.- La ejecución de estos sellos serán mediante el
procedimiento de Offset en varios colores, y para su impresión se
promoverá la correspondiente licitación entre firmas especializadas
y conforme los pormenores y detalles que en su oportunidad dará a
conocer la Oficina Filatélica.
Dado en Casa Presidencial. Managua, D. N., Año Rubén Darío, a los
treinta y un días del mes de Agosto de mil novecientos sesenta y
siete. - (f) General A. SOMOZA D., Presidente de la
República. - (f) General Gustavo Montiel, Ministro de
Hacienda y C. P.
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