Autorízase Al Ministro De Relaciones Exteriores Firmar Los Acuerdos Y Minutas Relativos A La Deuda De La República De Nicaragua Con La República De Irán

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (AUTORÍZASE AL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES FIRMAR LOS ACUERDOS Y MINUTAS RELATIVOS A LA DEUDA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CON LA REPÚBLICA DE IRÁN) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 84-2014, Aprobada el 23 de Abril de 2014 Publicado en La Gaceta No. 75 del 25 de Abril de 2014 Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unidad Nicaragua Triunfa El Presidente de la República de Nicaragua Comandante Daniel Ortega Saavedra En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1. Autorícese al Compañero Samuel Santos López, Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Nicaragua, firmar los Acuerdos y Minutas relativos a la deuda de la República de Nicaragua con la República Islámica de Irán. Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de la presente fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veintitrés de abril del año dos mil catorce. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -