Autorízase Al Ministro De Relaciones Exteriores Firmar Los Acuerdos Y Minutas Relativos A La Deuda De La República De Nicaragua Con La República De Irán
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORÍZASE AL MINISTRO DE
RELACIONES EXTERIORES FIRMAR LOS ACUERDOS Y MINUTAS RELATIVOS A LA
DEUDA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CON LA REPÚBLICA DE
IRÁN)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 84-2014, Aprobada el 23 de Abril de
2014
Publicado en La Gaceta No. 75 del 25 de Abril de 2014
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unidad Nicaragua Triunfa
El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
ACUERDA
Artículo 1. Autorícese al Compañero Samuel Santos López,
Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Nicaragua,
firmar los Acuerdos y Minutas relativos a la deuda de la República
de Nicaragua con la República Islámica de Irán.
Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de la presente fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de
Nicaragua, el día veintitrés de abril del año dos mil catorce.
Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de
Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para
Políticas Nacionales.
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